LaLiga señala a NordVPN, Proton VPN, ExpressVPN y Surfshark por sus afiliados

La organización dirige su petición contra la promoción comercial de herramientas para sortear restricciones y bloqueos. La lista europea no constituye una declaración de ilegalidad ni una orden automática de bloqueo.

📌 En resumen

  • LaLiga solicita incluir a NordVPN, Proton VPN, ExpressVPN y Surfshark en la lista europea de vigilancia de 2027.
  • Su argumento se centra en contenidos de afiliados que promocionan la evasión de restricciones y bloqueos.
  • La solicitud no equivale a una decisión de la Comisión ni convierte las VPN en servicios ilegales.
  • La nueva lista está prevista para el segundo trimestre de 2027.

LaLiga ha pedido a la Comisión Europea que incluya a NordVPN, Proton VPN, ExpressVPN y Surfshark en la Lista de Vigilancia de la Falsificación y la Piratería de 2027. El escrito, fechado el 10 de septiembre de 2026, cuestiona cómo determinados afiliados promocionan estos servicios para acceder a retransmisiones y sortear bloqueos.

La petición no es una prohibición de las VPN. Tampoco significa que Bruselas haya aceptado las acusaciones: se trata de una aportación a la consulta utilizada para preparar la próxima edición de la lista.

Por qué LaLiga cuestiona los programas de afiliación

Según LaLiga, algunas páginas e influencers recomiendan VPN para esos usos y cobran comisiones cuando sus lectores contratan una suscripción. La organización considera que monetizar esa promoción puede situar a los proveedores más allá de una función técnica neutral.

La acusación plantea una cuestión sobre la responsabilidad comercial: qué relación existe entre una herramienta, quienes la recomiendan y la actividad para la que se promociona. Una comisión acredita un incentivo económico, pero por sí sola no demuestra que el proveedor redactara una guía, aprobara su contenido o conociera cada uso descrito.

Restricciones geográficas y streaming pirata no son lo mismo

El escrito distingue entre acceder a retransmisiones autorizadas en otros territorios y eludir bloqueos de fuentes sin licencia. La primera cuestión afecta a la exclusividad territorial de los acuerdos audiovisuales; la segunda se refiere al acceso a servicios que redistribuyen contenido sin autorización.

La diferencia evita una conclusión engañosa: que una emisión sea gratuita en otro país no la convierte en una retransmisión pirata. Otra cuestión es si el acceso desde un territorio diferente respeta las condiciones del servicio y los derechos de distribución aplicables.

Por eso, un análisis riguroso debe identificar qué fuente ofrece el contenido y qué conducta se cuestiona. Agrupar cualquier restricción geográfica y cualquier bloqueo bajo la misma etiqueta de piratería impediría entender el alcance real de la controversia.

Qué ejemplos aporta la sección dedicada a las VPN

TorrentFreak señala que la sección del documento sobre afiliación no identifica ni enlaza guías o influencers concretos que respalden esas acusaciones. Esta limitación se refiere a ese apartado: no significa que todo el escrito de LaLiga carezca de datos sobre otros servicios.

Para evaluar el argumento sobre afiliación serían relevantes ejemplos verificables, su contenido exacto y la relación comercial con cada proveedor. También sería necesario distinguir una recomendación publicada por un tercero de una campaña encargada o aprobada por la empresa señalada.

Qué consecuencias tendría aparecer en la lista europea

La Comisión explica que la lista recoge servicios y mercados señalados por su posible participación en infracciones de propiedad intelectual. Su finalidad es impulsar medidas de los operadores y de las autoridades competentes; no establece por sí misma que se hayan cometido infracciones legales.

Una inclusión podría aumentar la presión pública sobre los proveedores, aunque su efecto reputacional sería una consecuencia posible, no una sanción automática. Cualquier obligación concreta de bloquear contenidos o cualquier penalización necesitaría su propia base y procedimiento.

La Comisión prevé publicar la edición de 2027 durante el segundo trimestre del año. Además, permite presentar respuestas a las contribuciones recibidas hasta el 28 de octubre de 2026. Por tanto, el proceso todavía ofrece espacio para observaciones y documentación adicional.

Qué cambia ahora para los usuarios de estas VPN

Esta solicitud, por sí sola, no altera el acceso de los usuarios a los cuatro servicios ni anuncia su retirada del mercado. Conviene comprobar qué decisión se adopta finalmente y evitar confundir una propuesta de inclusión con una orden judicial o una prohibición.

El punto pendiente es si la Comisión considera suficiente la información aportada para mencionar a estos proveedores en su próxima lista. Hasta entonces, lo confirmado es la petición de LaLiga; las acusaciones sobre su papel comercial siguen siendo la posición de la organización.

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